Los trabajadores por cuenta propia empiezan el año con todas las medidas de la nueva Ley de Autónomos aprobadas. En octubre se publicó en el BOE, pero hasta el 1 de enero no han entrado todas las medidas en vigor.
Pero los profesionales autónomos ya pueden beneficiarse de todos los incentivos y mejoras que se han aprobado y que favorecen que puedan deducirse ciertos gastos, lo que favorece que el pago de los impuestos sean más bajos. A continuación vamos a enumerar estas novedades.
- Seguros por enfermedad. Los autónomos con seguro por enfermedad, así como los de su cónyuge o hijos menores de 25 años pueden deducirse el gasto. El máximo es de 500 euros por persona, y el límite 4 personas. Lo que significa que la ley permite deducirse el gasto de hasta 4 personas en seguros de salud, es decir, 2.000 euros.
- Recibos de hogar. Una de las medidas mejor acogidas. Los autónomos que trabajen desde su propio domicilio podrán deducirse hasta un 30% de los gastos en suministros del hogar, como luz, telefonía o agua. Para ello, se realiza una proporción entre los metros totales de la vivienda y los empleados a la actividad profesional.
- Gastos de manutención. Aquellos autónomos que coman en un restaurante podrán deducirse el gasto. Siempre que se realice mediante pago electrónico y se solicite la factura correspondiente, los autónomos pueden deducirse hasta 26,67 euros al día en comida. En caso de estar en el extranjero, la cuantía máxima asciende a 48,08 euros.
Los cambios en la Seguridad Social
En lo que respecta a la Seguridad Social, también se han producido una serie de cambios que afectan directamente a los autónomos. Aunque no son impuestos como tal, el bolsillo de los trabajadores por cuenta propia se verá aumentado, gracias a la puesta en marcha de estas medidas.
Cotizaciones RETA. Los autónomos pueden abonar sus cuotas por sus días trabajados y no por el mes entero. Además, se pueden dar de alta y de baja hasta tres veces en el año natural, para que puedan escoger en función de sus intereses. De igual manera, se permite cambiar la base de cotización hasta cuatro veces en el mismo ejercicio.
Retrasos en los pagos. Se ha reducido el recargo por retraso en el pago de las cuotas. Concretamente se ha pasado del 20% al 10% en los ingresos fuera de plazo en el primer mes.
Pluriactividad. Los autónomos que, al mismo tiempo, estén trabajando como asalariados no tendrán que solicitar el exceso de cotización. Con la nueva ley, la devolución se realiza de forma automática, sin la necesidad de tener que solicitarlo.
Bonificación por cuidado de menores. La edad máxima para obtener una bonificación por el cuidado de menores pasa a los 12 años. Las condiciones en caso de maternidad, paternidad, acogimiento o adopción también han mejorado.
Contrato a familiares. Los autónomos que contraten a familiares de hasta segundo grado por consanguineidad o afinidad (incluso parejas de hecho) tendrán una bonificación durante un año.
Jubilación. Los autónomos podrán recibir el 100% de su pensión por jubilación y seguir trabajando. El requisito es tener, al menos, un empleado al cargo.
Para mas información acude a nuestra oficina.